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Tercero.
La distribución de las comidas, cuando no haya refectorio, se hará
necesariamente en las celdas.
Cuarto.
La salida de los recluidos para la asistencia a los talleres, escuela y
comunicaciones con el público, se hará ordenadamente por galerías, reuniéndose los de
todas en el lugar previamente asignado para cada servicio, donde se pasará la lista y serán
entregados al funcionario que deba encargarse de los mismos, el cual los devolverá a su sitio
con las mismas formalidades.
Quinto.
Sobre la puerta de la celda, por su parte exterior, se colocarán pequeñas placas
con la inicial indicadora de las actividades de cada recluido dentro de la Prisión, con objeto
de que sirvan de guía al funcionario de cada galería para el cumplimiento de los diversos
servicios, así una «T» es la inicial indicadora de la asistencia a los talleres; una «I», a la
Escuela; una «E», de su traslado transitorio a enfermería; una «C», de que sufre corrección,
cuando la levedad de la falta no merezca el cambio a celda especial.
Sexto.
En la misma puerta de la celda por su parte interior, se colocarán unas
instrucciones iguales a las señaladas en el artículo 50 de este Reglamento para los
Departamentos Celulares, suprimiendo de ella los dos últimos párrafos, que sólo son de
aplicación a los penados.
Séptimo.
Si la plantilla de la Prisión permitiese asignar más de un funcionario por galería,
uno de ellos, designado por el Director, atendiendo a sus condiciones, será el encargado de
los servicios de vigilancia en la misma y directamente responsable de ellos, y los demás
estarán a sus inmediatas órdenes, debiéndole obediencia en las disposiciones referentes al
servicio. El encargado se situará en la planta baja, y los demás funcionarios en los pisos
restantes, que no podrán abandonar ni un sólo instante, como no sea para otros servicios
justificados.
Octavo.
El encargado de cada galería llevará un fichero con tarjetas unipersonales de los
recluidos en ella, en las que constarán sus nombres y apellidos, fecha de ingreso, delito,
antecedentes y observaciones, y así irá anotando su conducta; en el ángulo superior derecho
tendrán el número correspondiente a la celda o departamento que ocupan. Las tarjetas
serán dobles para cada recluso, archivándose unas por orden alfabético y otras por el orden
numérico de las celdas. Las anotaciones de las tarjetas son secretas, excepto para los
superiores. También llevará el mismo encargado un libro en el que se anotará
detalladamente el utensilio y material de que disponga cada galería, de cuya conservación
será responsable.
Noveno.
La oficina del Centro de Vigilancia llevará igualmente dos ficheros en forma
semejante, que contenga el movimiento diario de la población reclusa, prohibiéndose para
estas anotaciones, igualmente reservadas, la utilización del personal auxiliar recluso.