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Sólo el 3% de los beneficiarios de medidas alternativas a la cárcel las incumplieron en 2006

El año pasado se aplicaron estas medidas a 562 condenados.

Fuente: diariodenavarra.es

pamplona.jpgUn total de 562 condenados el año pasado en Navarra por delitos o faltas se beneficiaron de medidas alternativas a la prisión en lugar de ser encarcelados, y sólo un 3% de ellos tuvieron que ingresar en la cárcel por decisión judicial por no cumplirlas. El dato forma parte de la memoria del Servicio Social Penitenciario y trata de mostrar que las medidas penales alternativas «son el futuro del modelo penitenciario, son eficaces y contribuyen a la reinserción social en mayor medida que la prisión».
Así se expresó ayer el delegado del Gobierno en Navarra, Vicente Ripa, que presentó la memoria en compañía del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), Juan Manuel Fernández, como representante de los jueces sancionadores y el juez de Vigilancia Penitenciaria, los que dictan estas medidas alternativas. Con ellos, Javier Muñoz, el fiscal jefe del TSJN, y Amador Ruiz, responsable del Servicio Social Penitenciario, que reconoció que en Navarra no existen estudios actuales sobre reincidencia de personas acogidas a estas medidas.
Los seis trabajadores del Servicio Social Penitenciario, ubicado en Pamplona y dependiente de Instituciones Penitenciarias, supervisan que los condenados cumplen alguna de las cinco medidas alternativas a la prisión que se les ha aplicado. De los 562 condenados, la tipología delictiva más frecuente es el delito contra el patrimonio (cometido por uno de cada tres beneficiarios) seguido de los delitos contra las personas (29%) y contra la salud pública (tráfico de drogas, 24%).

Cuatro de estas medidas alternativas evitan el ingreso en prisión, con 224 internos en la actualidad: suspensión condicional de la pena por tratamientos específicos de drogodependencia o enfermedad psíquica; trabajos en beneficio de la comunidad; localización permanente con elementos telemáticos, y medidas de seguridad para quienes la drogadicción o la enfermedad psíquica ha supuesto una atenuante o eximente y así lo refleja la sentencia judicial. La quinta medida es la libertad condicional y se aplica a quienes provienen de la cárcel y ya han cumplido en prisión las tres cuartas partes de la condena.

El delegado del Gobierno ofreció los datos de la memoria. Y así informó de que en tres años, desde 2003, el número de personas acogidas a las cinco medidas alternativas ha crecido un 74,5% (de 322 a 562); que en estos cuatro meses y medio de 2007 ya se han integrado más de 400; que el 39% de los beneficiarios (217) es drogodependiente; que el 10% (55) es drogodependiente y sufre además una enfermedad mental, y que el 8,7% (49) presenta una enfermedad mental sin otras patologías.

El presidente del TSJN, Juan Manuel Fernández, también valoró de forma positiva las medidas alternativas. En su opinión, «el éxito obtenido con la aplicación de estas medidas demuestra que es posible compatibilizar el rigor en la aplicación de la ley con el intento de hacer efectivo el mandato constitucional que persigue la reeducación y reinserción social».

Como representante de la Fiscalía del TSJN, Javier Muñoz expuso que, «aunque la Fiscalía no es muy proclive a la sustitución de las penas privativas de libertad», merecía resaltar los resultados de las medidas alternativas «cuando se ve que se cumplen y sirven para la reinserción».

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