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Desestimada la demanda de un preso que pidió la pensión de viudedad

La juez considera que el hecho de no contraer matrimonio, «por las razones que fueran», no le capacita para percibir este derecho pese a haber formalizado todos los pasos previos.

Fuente: Diario Palentino digital

duenas.jpgEl Juzgado de lo Social número 2 de Palencia ha desestimado mediante sentencia la demanda de un interno extranjero de la cárcel de Dueñas, en la que reclamaba la pensión de viudedad después de que falleciera su compañero antes de casarse y tras varios años como pareja de hecho. Según la demanda, como ya adelantó Diario Palentino en su día, la pareja se consolidó cuando ambos hombres cumplían condena en el centro penitenciario de La Moraleja, en Dueñas, donde compartían incluso celda por licencia.

La Sala argumenta, sin embargo, en su dictamen desestimatorio, que puede ser recurrido en súplica ante la Sala de lo Social del TSJ, que ambos «no contrajeron matrimonio por las circunstancias que fueren y que desde luego escapan y exceden de la posibilidad de que el reconocimiento de la pensión de viudedad pueda acaecer por el mero hecho de que realizados todos los pasos previos para la celebración del matrimonio sobrevenga la muerte del causante». El demandante había argumentado que la relación como pareja de hecho entre los dos hombres estaba «perfectamente consolidada», además de estar registrada como consta en el empadronamiento del Ayuntamiento de la localidad de Dueñas.

También esgrimió que el matrimonio fue autorizado por auto judicial el 18 de abril de 2006, aunque el fallecimiento de uno de los miembros de la pareja se produjo súbitamente el 26 de abril de ese mismo año.

La defensa del demandante llegó a exponer que «sólo faltó» la formalización del enlace, que ya estaba señalado judicialmente para el 20 de mayo de 2006, ya que uno de los miembros falleció de forma súbita el 26 de abril en el Hospital Río Carrión de Palencia al sufrir un infarto de miocardio.

Además, indicó que el Juzgado de Paz de Dueñas resolvió la autorización de matrimonio civil, que se debería haber celebrado inicialmente el 21 de febrero de 2006 en el propio centro penitenciario; pero que, según el demandante, fue retrasada al 20 de mayo «por motivos de agenda de trabajo del órgano judicial».

El demandante había considerado que reunía «todas y cada una de las condiciones» para acceder a la pensión de viudedad que le pudiera corresponder en su calidad de pareja de hecho y porque se trataba «de una relación estable y consolidada» desde hacía más de tres años, además de estar documentada la autorización matrimonial.

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