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Acaip
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El déficit de personal no deriva únicamente de la falta de cobertura de los nuevos centros, sino de
otra serie de aspectos de gran importancia que han provocado un importante aumento de las
cargas de trabajo en Instituciones Penitenciarias:
La asunción por parte de la Institución Penitenciaria de la ejecución de las Medidas
Alternativas
, a pesar de que entendemos que no debe ser nuestro cometido. La realidad es
que en el año 2011 se dictaron más de 175.000 sentencias de medidas alternativas, de las
cuales el 59% correspondían a trabajos en beneficio de la comunidad. Desde la entrada en
vigor de la reforma del Código Penal de 2.007, este tipo de medidas alternativas se ha
multiplicado por 20.
La generación de numerosos puestos de trabajo creados ad hoc y no recogidos en las
Relaciones de Puestos de Trabajo
de los diferentes Centros como los Grupos de Control y
Seguimiento, la ampliación de las oficinas de seguridad, el incremento de las actividades
del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias o la ampliación de
dotaciones en actividades de tratamiento han provocado una diversificación de los
recursos humanos sin puestos suficientes en dichos centros, lo que ha supuesto, para
cumplir con su cobertura, un aumento de cargas de trabajo a otros puestos de trabajo que
han visto sus ratios reducidas.
A pesar del incremento de la población reclusa y, en consecuencia, de las cargas de trabajo
en todos y cada uno de los puestos de trabajo de la Institución,
las ratios que se aplican a
cada uno de ellos en las Relaciones de Puestos de Trabajo se han visto inalteradas desde
su formulación inicial
, a pesar de que la proporción de internos o de expedientes es mucho
mayor.
Las continuas
modificaciones del Código Penal
han supuesto, en la mayor parte de los
casos, un endurecimiento de la pena y la introducción de nuevos tipos delictivos que
generan dos consecuencias: un alargamiento de las condenas y por tanto un mayor
tiempo de permanencia en prisión y un aumento de la población reclusa.