,.;
"'
:..:
'1,,;_
.
Ca, retcra de Po1urdo. :JO 22íí'? Mcj;;d¡::1·.c::d!� McciriC F-t,p<:f;v
T
:14.902.36:i.242
F
34.91'/09
'/L
Lí
PÓLIZA
N
º
:
0471670000791
11
N .
SPTO.: 001
11 EFECTO:
@
MAPFRE
01/01/2016
TOMADOR
DEL
SEGURO:
AGR.UPACION CUERPOS
DE AIMINISTRACION INSTITUCIONES PE;NITENCIARIAS
RIESGO:
Único
CONDICIONES PARTICULARES ADICIONALES
/1,JAPFRE ESPA:VA. COMPAl'fÍ.,1 DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.. de acuerdo con las pres,mtes condiciones
!'articu!art?s y las Generales v Especiufes que siguen. tudas las cuales}<)]-man parle de este contra/O, aseguru contra los
riesgos y en los términos que a .::0111i11uación se tlef(ll/an. E11 cuso de discrepunciu <, C'unjliclo entre las CoF1dicio11es que
integran este controlo. pre\'ldecerún las Especiales sohre las Gener,1/<Js. y estas !'ani.,--¡t/ares sobre 1odus las demás.
Demgaudo lo 1/ispt1e.wo en la.
� Cmuliciones (,'enerales, �·e /race co11:,tar que al 1·endmie1110 de sus coberturas la pá/iza
sólo se re11m·arri si 111etlia previo ACUERDO EXPRHSO de las partes, cott imlicadán de los términos aplicables para
cada uuew, período.
DATOS /JE !.OS RIESGOS
Los riesgos garantizados por la presente Póliza son los que se relacionan a continuación, contra las garantías y hasta
los límites que asimismo se indican.
SITUACIÓN: VARIAS
Se garantiza a los asegurados el pago de las cantidades netas descritas posteriormente, para el supuesto de que se vean
privados de la totalidad o parte de sus salarios por sanción de suspensión de empleo y sueldo, derivada del desempelfo de
su puesto de trabajo en el Organismo competente: Ministerio del Interior (Secretaria General de Instituciones
Penitenciarias y la Entidad Estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo) así como en el Department de
Justicia de la Generalitat de Catalunya (Direcció General de serveis Penitenciaris y Centre d'lniciatives per a la Reinserció
-CIRE-)
Asimismo, queda garantizada la sanción provisional, en este supuesto. la entidad Aseguradora anticipará las cantidades
aseguradas durante el período de duración de esta medida cautelar. Finalizado el expediente disciplinario mediante
resolución administrativa, el Asegurado reembolsará a la Entidad Aseguradora las cantidades que en cada caso
correspondieran o bien se tendrá en cuenta las cantidades anticipadas a efectos de la liquidación de la sanción definitiva. En
cual
qu
ier caso, el hecho de anticipar las cantidades no supone necesariamente el reconocimiento de
qu
e el hecho motivador
de la sanción esté o no amparado por la póliza.
<i'ARANTÍ4S CUBIERTAS l' Ú'vllTES DE INDEl'vll\'IZACIÓN:
las garantías amparadas para el presente riesgo, dentro de los límites y condiciones definidos en las Condiciones
Especiales, así como la cantidad máxima a satisfacer por MAPFRE ESPAÑA en caso de siniestro i11demnizable serd11,
e11 virtud de la garantía afectada por el mismo:
LÍMITEMÁXIMODE INDEMNIZACIÓN (por todos los co11ceptos):
LIMITE MAXIMO TEMPORAL PORSINIESTRO
LÍMITE AGREGADO ANUAL:
42.070,85 Euros
12MESES
1.202.024,21 Euros
Dicho limite se calculará e11 cada siniestro en base al 100% del salario, neto de retencio11es de la Seguridad Social e
I.R.P.F., con el siguiente desglm,·e:
A.
100% del salario hase, neto de rete11ciones.
B.
J00% de la antigüedad, 11eta de rete11cio11es.
C. J00% de los complemellfos 11etos de retencio11es.
DATOS DE LA PRIMA
El presente seguro devengará una prima neta por periodo de seguro de
1