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Acaip
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2.
Esta disminución de módulos se debe al aumento de módulos de respeto y de unidades
terapéuticas en los centros que, además, y por su propia configuración, provocan que las
celdas sean ocupadas individualmente, sobrecargando los módulos de vida normal.
3.
Entendemos que los módulos de respeto son una buena opción como culminación de un
sistema de clasificación progresivo y previo al tercer grado, pero si se abusa del mismo y la
mitad de los módulos de un centro son de este tipo creemos que pierden eficacia como
referente y únicamente consiguen dividir la prisión en dos.
4.
La modificación del sistema con la prevalencia de la implementación de los CIS ha supuesto
una modificación del concepto tradicional de tercer grado. En la actualidad, en los CIS en
funcionamiento, más de la mitad de la población no trabaja y se ha producido, en nuestra
opinión, una utilización de determinados artículos reglamentarios, en especial del 100.2,
excesivamente laxa. Es posible que inicialmente esta utilización se debiera a la escasez de
plazas existentes por el aumento de la población reclusa, pero en la actualidad se utiliza de
forma genérica. Es evidente que si la idea es que los CIS se conviertan en centros
penitenciarios más reducidos, debemos también cambiar el sistema de gestión de los
mismos, la adecuación de la RPT y las medidas de seguridad en ellos.
5.
Si el punto central de la anterior Administración fue el potenciamiento del tercer grado, no
lo es menos que atendió a un aspecto específico de la seguridad de los Centros con la
creación de los Grupos de Control y Seguimiento, pero más dirigidos a facilitar información
a los Cuerpos de Seguridad del Estado que al propio régimen interno de los
Establecimientos. Parece una obviedad, pero tenemos que decirla: los funcionarios
penitenciarios no somos analistas de información y menos fuerzas y cuerpos de seguridad
del Estado. Por ello, una cosa es que dispongamos de instrumentos que nos permitan un
estudio de la información existente y su relación desde el punto de vista de las redes
sociales o de información y otra muy distinta es que realicemos funciones encomendadas
legalmente a otros cuerpos de la Administración. Por ello entendemos que debemos
estudiar y meditar adecuadamente que se quiere hacer exactamente. Lo que no es posible
es que después de muchos años de su entrada en vigor no exista un contenido funcional