Page 1 - Microsoft Word - Real Decreto aplicacion del Codigo Penal 19

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 Real decreto de aprobación del Reglamento para aplicación 
del Código penal en los servicios de prisiones (Gaceta de 
Madrid del 31 de Diciembre de 1928). 
MINISTERIO DE JUSTICIA Y CULTO 
REAL DECRETO
Número 2.476. 
        A propuesta del Ministro de Justicia y Culto, y de acuerdo con Mi Consejo de Ministros, 
        Vengo en decretar lo siguiente: 
        Artículo único
. Se aprueba el adjunto Reglamento para la aplicación del Código penal 
en los servicios de Prisiones, debiendo empezar a regir desde 1 de Enero próximo. 
Dado en Palacio a veinticuatro de Diciembre de mil novecientos veintiocho. 
ALFONSO
El Ministro de Justicia y Culto 
Galo Ponte Escartín
REGLAMENTO
para aplicación del Código penal en los servicios de Prisiones
CAPITULO PRIMERO 
Clasificación de los Establecimientos penitenciarios.
Articulo 1.º ‐
 Las Prisiones dependientes del Ministerio de Justicia y Culto, a cargo del 
personal del Cuerpo de Prisiones, se dividirán en tres clases: Prisiones centrales, provinciales 
y de partido. 
        Se denominan Prisiones centrales los establecimientos destinados al objeto exclusivo 
del cumplimiento de las penas de prisión y reclusión establecidas en el Código penal, o las 
similares impuestas por las jurisdicciones militar o de marina, con arreglo a las disposiciones