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Entregado el preso al Alcayde , lo hará reconocer y registrar á su satisfaccion , le quitará
las armas , é instrumentos que puedan ser perjudiciales , y que no deba retener. Si entre
estos se encuentra alguno, que pueda ser correspondiente á la causa de su arresto, como es
cuchillo , llave , ganzua , ó alhaja robada , añadirá esta circunstancia en el asiento de entrada
, haciendo que sean testigos de este reconocimiento , las personas que elija.
Las prendas y alhajas, propias del arrestado, no se le recogerán, á menos que él
voluntariamente no las entregue, lo que se hará constar por recibo que dé el Alcayde. Este
no podrá ser depositado de ellas, ni ningun individuo de la Cárcel, siendo accion propia del
dueño elegir la persona á quien se han de entregar. Se hará constar dicha entrega por recibo
que dé el individuo en quien se depositen, el qual se dará al arrestado dueño de ellas.
En caso de estar privado de comunicación, y temer, segun las circunstancias de su delito
, que pueda atentar contra su vida , cometiendo el suicidio , se le despojará y quitará todo lo
que pueda contribuir á ofenderse ; pero se observará lo prevenido en los artículos
antecedentes.
El Alcayde dará parte por escrito al Juez que corresponda, luego que al tercer dia de
hallarser el preso en el arresto , no se le haya recibido declaracion.
ORDEN DE POLICIA
Siendo las Cárceles, un deposito, de aquellos individuos de quien se rezela, ó sospecha
que alteran el órden público, perjudicando á la sociedad, ó algunos de sus miembros, no
deben ser de ningún modo unas casas destinadas al castigo de los delinqüentes. Esta
circunstancia en que ha de estar instruido el Alcayde le obliga á desviar todo aquel exterior
de horror, crueldad y mal trato, que hasta aquí se ha acostumbrado. No debe dudar que la
crueldad con que se trata al arrestado, produce un efecto contrario, qual es , endurecer su
corazon y obstinarse en sus desórdenes.
Supuesto esto, tendrá una conducta con los presos llena de humanidad suavidad y
persuasión, considerando que no por estar arrestados han perdido aquellos derechos
propios de todo hombre de ser tratado con humanidad y justicia.
Ha de haber en la Cárcel el arreglo , régimen , y distribucion de horas , semejante al que
se practica en las casas de piedad y misericordia. Se asignará la hora de levantarse, la de la
comida, y cena, y la del Rosario, Misa y Exhortacion. Igualmente se determinarán aquellas en
que han de principiar y terminar los trabajos, señalando unos y otros con el toque de
campana, para que sea general su execución.
Será uno de los cuidados principales del Alcayde el aseo, limpieza y ventilación, á fin de
proporcionar la mejor salud á los presos.