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respecto a estos que deven tener la responsabilidad, se entiende indirectamente de los
Ayudantes que han de vigilar sin intermision sobre el orden, régimen, disciplina, y legalidad
en la administración de los Presidios.
2º.‐
Los Ayudantes no tendrán por razon de antigüedad o grado, derecho para tener
encargo determinado, ni para alternar en los varios del Establecimiento : El Comandante los
empleará según su aptitud, desempeño, y experiencia.
3º.‐
Uno de los Ayudantes deve exercer las funciones de habilitado, Cajero, y Guarda
Almacen del Presidio : esto es, percivir caudales, distribuirlos, y llevar cuenta y razon de todo
lo perteneciente al Establecimiento.
4º.‐
Este mismo Ayudante examinará prolixamente las distribuciones que le presente el
Capataz mayor, como tambien las listas de los que componen las Brigadas, para segun ellas
formar los ajustes mensuales arreglandose al Formulario numero 1º, los que presentará al
Ministo de Real Hacienda que pase la revista, entregandole al mismo tiempo la relacion de
alta y baja firmada por su Comandante.
5º.‐
El otro Ayudante será Secretario de la junta economica del Presidio, y ademas tendrá
los encargos peculiares de reconocer los ranchos, asistir a ellos a las listas de la tarde, y las
revistas semanales, visar las altas y bajas del Hospital, atender a este, y al aseo, y disciplina
interior.
6º.‐
A los Ayudantes estarán inmediatamente subordinados el Capataz mayor, y Capatazes,
cuya conducta observarán muy de cerca, y no á horas y ocasiones determinadas, sino
sobrecojiendolos.
7º.‐
Los Ayudantes serán los primeros á quienes se dirijan los Presidiarios en sus quejas, y
pretensiones, y los oirán con afabilidad siempre que no sean maliciosas.
8º.‐
Las faltas y delitos de poca entidad los castigarán por sí los Ayudantes, y darán después
noticia al Comandante.
9º.‐
Los Ayudantes son los únicos Oficiales que existen en el Presidio con el Comandante. La
necesidad de que tengan aptitud para llegarlo a ser y otras circunstancias, exigen
imperiosamente que no se den estas Comisiones a Oficiales yá cansados y menos a los que
sobrecargados de familia carecen de medios para su decente subsistencia. En ningún modo
es caridad poner a prueva la indigencia. Son pues preferibles jovenes expertos, aplicados,
deseosos de distinguirse, y que puedan conseguirlo en unas comisiones semejantes.
10º.‐
Bajo este aspecto de la comision de Ayudante de Presidio, y la inteligencia de que por
lo comun los Subinspectores han de haber sido Comandantes, y estos Ayudantes, no