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Por el contrario se le quitará la vara y bolverá a la clase de Presidiario al Cabo que se sepa
haber comido, ó bebido a costa de un Confinado.
12º.‐
Los desertores de Presidio que se presentasen en el termino de seis meses, sin haber
cometido nuevo delito, no sufrirán ningun castigo, y solo el de la mayor estrechez los de mas
antigua deserción que se presentasen voluntariamente.
13º.‐
En fin los Subinspectores, y Comandantes de los Presidios tendrán entendido que es
mi Real voluntad, que a estos miserables victimas de sus delitos, se les trate con toda la
humanidad que sea compatible con su seguridad y correccion.
TITULO XVIII
DE LOS HOSPITALES
1º.‐
Los Subinspectores de los Presidios se encargarán por si mismos del establecimiento de
Hospitales proporcionados en ellos como de la innovacion más útil que pueda ejecutarse por
la gran economia que resultará al Erario, y por la seguridad de los Presidiarios por su mejor
asistencia, y por evitar los grandes desordenes que hasta ahora se han experimentado en
esta parte.
2º.‐
A este objeto, si en el Quartel no hubiese oportunidad para situar el Hospital, con
separacion, seguridad, y demas precisas condiciones, se procurará ponerlo en alguna casa
cotigua, a la que se abrirá comunicación con el Quartel, y precaucionará cerrando puertas, y
poniendo rejas.
3º.‐
Las Quadras de los enfermos deven estar bien ventiladas, y nunca en el primer piso, ó
sobre el terreno a fin de precaverlaa de la humedad. Las Camas ordinarias seran gergones
que ademas de ser sanos, son comodos para los que estan acostumbrados a dormir en
petates, y solo se tendrán algunos colchones para los enfermos á quienes los consideren
utíles los Profesores.
4º.‐
El mayor gasto de los Hospitales será el de sabanas, almoadas y mantas, pues aunque
deven ser generos fuertes y ordinarios, será preciso un numero considerable, para que
siempre haya mucho aseo, y limpieza, circunstancias esenciales en los Hospitales.
5º.‐
Se procurará que las Quadras de calenturas y enfermedades que puedan ser
epidermicas, tengan alguna separación, y estén más ventiladas.
6º.‐
Asi mismo se mirará como Articulo esencial del Hospital el que tenga convalecencia, asi
para que los que esten en ella no incomoden a los enfermos, como para que estando ellos