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apertura en la Caja Postal de Ahorros de libretas a favor de los penados, o para sucesivas
imposiciones en las ya abiertas, producirá una doble inscripción: En la casilla Metálico del
Haber del estado, y en la casilla Valores de1 Debe.
Figurará como primera partida del estado el saldo existente en fin del mes anterior,
consignando en la casilla Metálico el existente en la Caja del Establecimiento, en la del Banco
de España, el saldo de la cuenta corriente y en la de valores, el saldo de ahorros en libretas
de la Caja Postal.
b) Justificantes de las partidas del Debe, constituído por una relación de las cantidades
ingresadas en la Caja, con expresión de la cuenta acreedora y explicación de los ingresos;
esta relación se justificará, a su vez, mediante diligencia certificada, puesta al pie por el
Administrador y visada por el Director, en la que se hará constar que las partidas que figuran
en la relación están conformes con los asientos hechos en los libros de Contabilidad.
c) Justificante de las partidas del Haber, constituído por la relación de las cantidades
abonadas por la Caja en la forma y con la justificación indicada en el apartado anterior para
el Debe.
d) Copia literal certificada del acta de arqueo celebrado el día último del mes anterior,
qué servirá para la justificación del saldo para el mes siguiente del estado del apartado a).
e) Documento expedido por la Sucursal del Banco de España o del Banco particular, en
su caso, en el que se haga constar el saldo que arroja en fin de mes la cuenta corriente de la
Prisión.
f) Estado demostrativo del movimiento diario en Caja, durante el mes, detallando los
ingresos, salidas y saldos.
g) Balance de comprobación y saldos en el último día del mes.
Art. 423.º
Las cuentas de «Utensilio y Mobiliario»; «Agua, Alumbrado y Calefacción»;
«Oficinas»; «Transportes y Socorros de Marcha»; «Culto y Sepultura»; «Vestuario» y
«Teléfonos», tendrán igual formato y constarán para su justificación de los documentos que
se relacionan, colocados por el siguiente orden:
a) Carpeta, en cuya portada se hará constar el nombre de la Prisión, trimestre y año a
que corresponde; Sección, capítulo, artículo, grupo y concepto del Presupuesto, consignando
si la cuenta es a justificar o en firme.
b) Orden del Centro Directivo autorizando el gasto.