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b) Cuenta general por Debe y Haber de las cantidades ingresadas y pagadas por la Caja
por el concepto de peculio de libre disposición, que debe ser fiel reflejo de la cuenta de este
título que figure abierta en el Mayor.
En el Debe se consignarán las cantidades que se abonen a los reclusos en tarjetas
durante el trimestre; las pagadas en metálico a sus familiares o personas libres por su orden;
las que hayan sido entregadas a reclusos puestos en libertad o trasladados a otros
Establecimientos y el saldo a cuenta nueva para el siguiente trimestre.
En el Haber figurará el saldo existente en primero de mes y las cantidades ingresadas
durante el trimestre por cualquier concepto.
c) Relación nominal de los reclusos participantes del saldo de Peculio de libre
disposición, con expresión del saldo anterior de sus cuentas corrientes, cantidades
ingresadas durante el trimestre, reintegros percibidos durante el mismo período y saldo de
sus cuentas para el trimestre siguiente. Esta relación reflejará el movimiento habido en las
cuentas corrientes abiertas en el Auxiliar de Peculio de libre disposición.
d) Relación nominal de los reclusos participantes en el fondo de peculio el primer día del
trimestre a que se contrae la cuenta, con expresión del saldo de su cuenta en dicha fecha.
e) Relación nominal de los reclusos que han ingresado fondos en sus cuentas de peculio
durante el trimestre, con expresión de la cantidad total ingresada y su procedencia.
f) Relación nominal de los reclusos que han recibido reintegros en tarjetas para compras
en el Economato, con expresión de la cantidad total recibida durante el trimestre.
g) Relación nominal de los reclusos que han recibido cantidades en metálico para
entrega a sus familiares, personas libres o para ingresarlas en el fondo de ahorros.
h) Relación nominal de los reclusos que han recibido el saldo total de sus cuentas al ser
puestos en libertad o trasladados a otros Establecimientos.
i) Relación nominal de los reclusos participantes en el fondo de peculio en fin de
trimestre, con expresión del saldo que arrojan sus cuentas corrientes.
Las relaciones de los apartados e), f), g) y h) llevarán al pie certificación expedida por el
Administrador y visada por el Director, en la que se haga constar que las cantidades
figuradas en la relación están conformes con los asientos que figuran en los libros de
Contabilidad del Establecimiento.