Page 71 - Microsoft Word - Reglamento de los Servicios de Prisiones de

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        Segundo  
            a) A la formación de un fondo de ahorro en favor de los penados.  
            b) A la ayuda de los familiares de los reclusos al sostenimiento de los hijos de éstos en 
Instituciones adecuadas.  
            c) A los gastos de creación y desenvolvimiento de las entidades dependientes del 
Patronato.  
            d) A la formación moral, religiosa y cultural de los reclusos en las Prisiones.  
            e) A los gastos necesarios para el sostenimiento de las Delegaciones Locales del 
Patronato.  
            f ) Al pago de los demás gastos y remuneraciones debidas que se ocasionen en el 
cumplimiento de los fines del Patronato.  
Artículo 213º.‐ 
 En aquellas localidades en que sus servicios sean necesarios para el 
desenvolvimiento de las actividades del Patronato, existirán, dependientes de éste, 
Delegaciones Locales. Estas Delegaciones estarán constituidas por un representante del 
Alcalde de la localidad de que se trate, que sea persona de reconocida vocación para la 
misión que ha de cumplir, del señor Cura párroco y de un Vocal de libre nombramiento de la 
Dirección General de Prisiones, y que ejercerá, además, la Secretaría de la Delegación, Local 
respectiva.  
        Cuando las necesidades así lo aconsejen, podrán establecerse en la misma población, 
además de la Delegación Local, Subdelegaciones de distrito, de análoga composición que las 
Delegaciones. Estas Subdelegaciones dependerán de la Delegación Local.  
Artículo 214º.‐
Corresponderán a las Delegaciones Locales:  
        a) La representación del Patronato en el territorio a donde se extienda su cometido.  
        b) Colaborar con el Patronato, extendiendo su misión a cuanto pueda contribuir a la 
mejor consecución de las funciones a aquél atribuidas, haciendo en su caso al Patronato las 
propuestas que a estos fines consideren procedentes.  
        e) Realizar las demás misiones que el Patronato les encomiende dentro de las normas 
establecidas.  
        Las Subdelegaciones desempeñarán aquellos cometidos que les fueren asignados por 
las Delegaciones Locales.