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10. El archivo de documentos corresponderá a la oficina de Régimen, la cual recabará
mensualmente de las otras los que al mismo hayan de ser destinados, excepto los de
Dirección. Se formarán legajos anuales con las separaciones convenientes, según los
asuntos. Los expedientes de baja estarán agrupados por orden alfabético de apellidos. Se
adoptarán las demás normas de organización y habrá un libro de archivo con las indicaciones
precisas para la busca rápida de los diferentes legajos.
Artículo 226º.‐
La oficina de Identidad tendrá un cometido de varia amplitud, según las
Prisiones:
1.‐ En las Provinciales comprenderá:
a) La impresión dactilar del pulgar derecho en el expediente del recluso a su ingreso
y salida. cualquiera que sea el motivo.
b) La formación de dos archivos de tarjetas de indentificacion dactiloscópica,
alfabético el uno y dactilar el otro, de todos los ingresados por cualquier motivo.
c) La impresión dactilar del pulgar derecho en las hojas de conducción por traslado
a otro Establecimiento.
d ) La remisión al Centro Directivo de un ejemplar de cada resena nueva y de una
tarjeta de «Comprobado» para las anteriorinente hechas, así como dos ejemplares de cada
nueva reseña cuando se trate de extranjeros.
e) La expedición de antecedentes e informes periciales sobre identificación de los
reclusos que soliciten los Tribunales de Justicia o Autoridades competentes.
f) La remisión al Cenro Directivo de cuantos documentos relacionados con este
servicio determine la legislación especial concerniente al mismo.
g) La redacción del reverso de las hojas de condena que reglamentariamente deban
remitirse al Centro Directivo.
2. En las Prisiones Centrales, la identificación dactiloscópica de los penados requiere:
a) Los datos expresados en los apartados a) y b) del numero anterior.
b) La impresión dactilar del pulgar derecho en las licencias de cumplidos y de
liberados condicionalmente, lo mismo que en las hojas de conducción por destino a otro
Establecimiento.
c) Los datos expresados en el apartado g) del número anterior, cuando proceda.