Fuente: Intereconomia
El convenio firmado entre los dos organismos públicos sostiene que viene motivado por “el carácter eminentemente social que caracteriza al Fondo de Garantía Salarial”.
Sin embargo, según el artículo 49 del Código Penal: “Se considerarán trabajos en beneficio de la comunidad la prestación de la cooperación personal no retribuida en determinadas actividades de utilidad pública, con interés social y valor educativo, tendente a servir de reparación para la comunidad perjudicada por el ilícito penal y no supeditada al logro de intereses económicos”.
Lo anterior invalidaría la justificación establecida al no tener la actividad que debían realizar los penados el referido valor educativo, ni Fogasa o sus beneficiarios formar parte de la comunidad perjudicada por los presos a los que se empleará. El convenio se enmarca en la línea seguida por Gallizo desde su nombramiento en 2004.
Ésta ha manifestado en numerosas ocasiones su intención de vaciar las cárceles. Así lo hizo en 2005, en el discurso que pronunció con ocasión de la patrona de la policía, cuando defendió que “la sociedad moderna debe superar la idea de que todos los que infrinjan las normas vayan a la cárcel”, lo que le valió el calificativo, por parte del Sindicato Unificado de Policía, de “roja de salón” y “yuppie progresista”.
Protección de datos
Los puestos de trabajo ofertados para la población reclusa que se acoja a esta modalidad de cumplimiento de condena, según el anexo del convenio, son: “ordenanza, archivo, recepción de documentación de contenido jurídico, ordenación, clasificación y reparto; colaboración en la grabación de datos de expedientes y en la instrucción de los mismos”.
Tales funciones, según afirman a LA GACETA fuentes de Fogasa, incluyen el acceso a la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social y a los datos del Registro Mercantil.
Quienes deben depositar sus datos personales en la institución presidida por Serrano a la espera de recibir el salario que su empresa ha dejado de pagarles corren el riesgo de que éstos caigan en manos de personal no profesional que cumple condena.
En cambio, los datos de los reclusos están bien protegidos, según consta en una de las cláusulas del convenio: “Los datos personales de los penados están afectados por la Ley (…) de Protección de Datos de Carácter Personal”.
El acceso de este personal no cualificado y no remunerado que accederá a toda la información laboral de los españoles incumple el artículo 9 del Estatuto Básico del Empleado Público. Éste establece que “el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas corresponde exclusivamente a los funcionarios públicos”.
La finalidad de Fogasa es, según señala su definición legal, “el abono a los/las trabajadores/as de los salarios e indemnizaciones que las empresas para las que trabajan no han podido satisfacer por encontrarse en situación legal de insolvencia o por haber sido declaradas en situación de concurso”. Y se financia mediante la percepción de una parte de las cotizaciones sociales que las empresas pagan a la Seguridad Social por sus empleados.
El secretario general de este organismo adscrito al Ministerio de Trabajo, Serrano Arroyo, lleva ejerciendo su cargo desde que fuera nombrado en 1989 por Manuel Chaves, actual vicepresidente tercero del Gobierno y ministro de Política Territorial desde la remodelación ministerial realizada por Zapatero en abril de 2009. Por aquel entonces ocupaba la cartera de Trabajo.