No fue hasta marzo de 2010 cuando el Tribunal Supremo anuló el fallo por el que la Audiencia Provincial de Almería le condenó a 13 años de cárcel después de que un juzgado de lo Penal impusiese tres años de prisión a la presunta víctima como autora de un delito de falso testimonio, aunque le reconoció la atenuante de colaboración con la Justicia pese a que se retractó de la falsa acusación cinco años después. La falsa víctima, Fátima M., se personó el 3 de mayo de 2006 en la dependencias de la Comisaría de la Policía Nacional de El Ejido para retractarse de la denuncia y alegó que había actuado «coaccionada por terceros».
La sentencia de la Audiencia Nacional subraya que el Ministerio de Justicia reconoció «de forma expresa» que existió un «error judicial» y cifra la indemnización en 650.000 euros, frente a los 10 millones de euros que solicitaba la víctima. Los jueces estiman «razonable» fijar dicha cantidad en atención «al tiempo que permaneció indebidamente en prisión, lo que comprende perjuicios materiales y personales, físicos y psíquicos derivados de la privación de libertad».