El condenado recurrió contra la decisión de la prisión ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, ante la Audiencia de Valladolid y, ahora, ante el Supremo, y las tres instancias han confirmado la intervención de sus comunicaciones.
Así, el Supremo considera válida la fundamentación jurídica que usó la Audiencia para negar que la intervención de sus comunicaciones en prisión vulnerara sus derechos.
La prisión consideró que pervivía la vinculación del reo con grupos radicalizados de extorsión en los cuales juega un papel importante.
La Audiencia consideró creíble ese riesgo que llevó a la prisión a intervenir las comunicaciones del reo, al considerar que se trata de una persona que puede "adoptar decisiones" y dar "instrucciones sobre la banda a personas vinculadas con la misma, estén en prisión o en el exterior".
Ahora el Supremo considera que tales argumentos justificaban la intervención de las comunicaciones, por lo que rechaza el argumento del condenado y avala a la prisión.
Fuente: El Diario.es