REVISTA ACAIP OCTUBRE 2019 - page 13

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EVISTA AGRUPACION CUERPOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE II.PP
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NOV/DIC
2019
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Página 13
El día dos de julio, los directores de los centros
penitenciarios recibieron del Centro Directivo la Orden de
Servicio relativa al “Deber Legal de Dar Parte de
Lesiones”.
Su justificación no tiene desperdicio:
“erradicar la duda sobre posibles desviaciones
y abusos de poder”.
Muchos de los Funcionarios de Prisiones hemos sido
objeto de denuncias falsas por malos tratos a lo largo de
nuestra trayectoria profesional. Hasta ahora, esas
denuncias vacuas, sin ninguna justificación, sólo tenían
visos de ser investigadas en el caso de que el interno
aportase parte de lesiones, o existieran pruebas
convincentes.
Pues bien, con la nueva Instrucción, serán los propios
directores de los Centros quienes deberán poner en
conocimiento de los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
y del Juzgado de Guardia, las denuncias y quejas que
presenten los internos manifestando haber sido objeto de
maltrato, sin entrar en la veracidad del asunto y aunque
del examen médico se desprenda que no existe ningún
tipo de lesión.
Es llamativo que
una Administración que niega
a sus funcionarios el carácter de Agentes
de la Autoridad solicitado de forma
unánime por los profesionales, lo que hace
en la práctica es investir al interno de esa
condición.
A partir de ahora podrán denunciar incluso con mayor
alegría, pues su palabra goza de la presunción de
veracidad de la que la nuestra carece. Los funcionarios
deberemos así comparecer ante el juzgado con mayor
frecuencia, sin más prueba que la palabra de ciertos
internos, habitualmente los más nocivos.
Hoy en día existen cámaras por todos los rincones de la
prisión. Es opinión corriente que están destinadas no a
vigilar a los internos, sino a fiscalizar las actuaciones de
los funcionarios. Son suficientes para probar actuaciones
irregulares, si las hubiere. Y lo que ocurre es que a
menudo los protocolos son tan prolijos, garantistas y
alejados de la realidad que resultan de imposible
aplicación. De este modo, cualquier actuación violenta en
la que debamos intervenir, contraviene en algo esos
procedimientos para poder resolverla, convirtiendo a los
actuantes en responsables de posibles consecuencias
que puedan ocurrir.
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