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Incompatibilidades. Acumulación.
Cursos.
El Dictamen de la Comisión de la Función Pública en atención a consulta de 25 de
noviembre de 2008 establece que
no es posible disfrutar de forma continuada la
licencia por asuntos propios, con el permiso para asistir a cursos no relacionados con la
función pública y cualquier otro permiso.
Asuntos particulares.
El Dictamen de la Comisión de la Función Pública en atención a consulta de 25 de
septiembre de 1998
no permite el uso de la licencia sin sueldo por asuntos propios
intercalando” entre la misma días por asuntos particulares
considerando que no es
posible dicha acumulación
.
Es aconsejable que el período se compute desde el día de
la solicitud hasta el inmediatamente anterior a aquel en que se comenzó a trabajar.
Compatibilidades. Acumulación.
Esta licencia, en principio,
puede unirse a
las vacaciones, asuntos particulares,
maternidad, enfermedad
sin que haya
reincorporación efectiva”
.
Compatibilidad con actividad privada.
Obligación de solicitar
CON CARÁCTER PREVIO
autorización de
COMPATIBILIDAD CONACTIVIDAD PRIVADA
”.
El funcionario que esté disfrutando de una licencia por asuntos propios se encuentra
en la situación administrativa de servicio activo y, por ende,
ha de solicitar y
obtener
con carácter previo a su inicio”
,
la compatibilidad para realizar
cualquier actividad profesional, laboral, mercantil o industrial fuera de las
Administraciones Públicas, y que no se encuentre expresamente excluida por la norma,
según Dictamen de la Comisión Superior de Personal de 23/08/2007.
Según lo dispuesto en el artículo 41.2 del Decreto 315/1964, de 7 de febrero
, “
el
disfrute de licencias o permisos reglamentarios no altera la situación de
servicio activo”
.