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de las provincias, y de los Jefes inmediatos de dichos Establecimientos, los avisos y noticias
que se expresan en el tít. I de la parte cuarta.
3.º Disponer las conducciones y cuerdas de los confinados con arreglo á lo que se
previene en el tít. IV de esta parte primera
4.º Cuidar de que se lleven con exactitud las notas en las filiaciones de los penados, y de
que en los presidios se observen con puntualidad los reglamentos, á cuyo fin dictará las
medidas que considere convenientes cuando estén en la esfera de sus facultades,
consultando para mi Real determinación los casos extraordinarios o no previstos en esta
Ordenanza
5.º Procurar que los locales destinados á los Establecimientos penales de su cargo
tengan la suficiente capacidad, y sean seguros, sanos y ventilados, cuidando en esto punto
de la economía que sea compatible con la exactitud del servicio.
6.º Celar para que en nada se altere lo prevenido por la Ordenanza general y
reglamentos particulares, respecto á economía, administración y distribución de los
presidiarios, á su vestuario, calzado y comida de los penados á su aseo y el de los
Establecimientos, á cuyo efecto, además de lo que arrojen de sí los partes mensuales de los
Comandantes de éstos, y los accidentales ó extraordinarios de los Subdelegados, procurará
adquirir otros informes de personas fidedignas, que serán extensivos á la conducta que
observen los Comandantes de los mismos presidios, dictando en tal caso ó proponiendo las
medidas que estime para 1a corrección de los abusos que notare.
7.º Elevar mensualmente á mi conocimiento una noticia sobre el estado, progresos é
incidentes de los presidios, y formar una memoria anual sobre el mismo objeto, en la que
expondrá cuanto considere conducente á la mejora de estos Establecimientos.
8.º Cuidar de que en la Secretaría se lleven los registros que previene esta Ordenanza:
en ellos se pondrán en sus épocas respectivas las correspondientes notas de aptitud, buena
conducta, celo, etc., de los empleados y comisionados y en uno especial, que se formará
para los penados, anotará sus filiaciones, los informes de conducta, años de rebaja,
recompensas, castigos de alguna nota y demás necesario para formar la historia de ellos
durante su reclusión
9.º Para estar siempre bien informado sobre estos puntos, procurará tener personas de
conocido celo, inteligencia é imparcialidad en los puntos donde haya Establecimientos
penales, á fin de que le den reservadamente las noticias necesarias para conocer los abusos
y remediarlos. Con estas noticias, con los informes de los Subdelegados y con los partes de
los Comandantes de presidios, podrá el Director evacuar con conocimiento los informes que
Yo tenga a bien pedirle, y desempeñar con acierto sus obligaciones.