Page 141 - Microsoft Word - Reglamento de los Servicios de Prisiones de

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        1.ª Organizar la Escuela, redactar los programas de las distintas materias y dirigir las 
enseñanzas, de conformidad con los preceptos reglamentarios.  
        2.ª Llevar los libros de matrícula de alumnos y los ficheros que sean convenientes en 
orden a los grados de instrucción, comportamiento escolar, progresos en la enseñanza y 
otros datos.  
        3.ª Mantener el orden en la Escuela e imponer buenas formas sociales a los reclusos y 
hábitos de aseo y limpieza.  
        4.ª Examinar a los reclusos a su ingreso en la Escuela e inscribirlos en el libro de 
matrícula dentro del grado correspondiente.  
        5.ª Visitar a los penados durante su estancia en el primer período y, como resultado de 
estas observaciones, elevar al Director el oportuno informe; visitar igualmente con el mismo 
fin a los que sufran corrección en celda, cualquiera que sea la situación legal de estos 
reclusos.  
        6.ª Extender las certificaciones para el pase de períodos, propuestas de libertad 
condicional y nombramiento de destinos, acreditando, respecto de los interesados, el grado 
de instrucción que posean.  
        7.ª Proponer al Director, para resolución de la Superioridad, el nombramiento de 
reclusos que, por sus conocimientos o especialidades, puedan auxiliar en las tareas 
pedagógicas, a reserva de explicar personalmente el Maestro aquellas materias que no 
deban encomendarse a dichos Auxiliares.  
        8.ª Intensificar la enseñanza con los alumnos de los dos primeros grados y explicar el 
catecismo de la doctrina cristiana, de acuerdo con el Capellán.  
        9.ª Comunicar a la Dirección del Establecimiento, para su tramite, las fechas de 
comienzo y terminación del curso; proponer con diez dias de anticipación la fecha de 
exámenes y formar parte del Tribunal, actuando como Secretario del mismo.  
        10.ª Organiza y dirigir los servicios de biblioteca y cooperar con el Capellán en la censura 
de los libros de propiedad de los reclusos.  
        11.ª Participar en los cielos de conferencias que se acuerden para la población reclusa; 
proponer al Director, para aprobación por éste o de la Superioridad, los programas de 
festivales, veladas artísticas, certámenes u otros actos de fin cultural.