Page 42 - Microsoft Word - Reglamento de los Servicios de Prisiones de

Basic HTML Version

Página 42 de 169 
        En los grados elemental, medio y superior, el curso habrá de durar desde el 7 de enero 
al 23 de diciembre, con un período de vacaciones del 30 de junio al 1 de agosto.  
        Al final de cada curso se efctuarán los exámenes en los días que señale la Junta de 
Régimen ante un Tribunal presidido por el Director o persona en quien delegue.  
        Al calificar se atenderá no solo a los conocimientos demostrados, sino también a los 
méritos de los trabajos hechos por los alumnos bajo la dirección del Maestro y a su conducta 
escolar y aplicación durante el curso. La calificación se hará constar en el expediente del 
examinado.  
        La Escuela no se interrumpirá salvo los días no lectivos, según calendario escolar que 
formalice cada año la Dirección General.  
        Podrán habilitarse clases nocturnas hasta el toque de silencio, siempre que no se 
perjudique el orden y la seguridad de la Prisión, unas dedicadas a cultivar conocimientos 
aplicables a los oficios que los penados aprendan en los talleres y otras a completar la 
formación religiosa y cultural de los que desempeñan destinos u ocupaciones semejantes.  
Artículo 124º.‐
 Las Escuelas de las Prisiones expedirán, a solicitud de los interesados 
certificaciones de los estudios cursados y calificaciones obtenidas, según resulte de las actas 
de exámen.  
        Las Juntas de Régimen tendrán en cuenta la aplicación, aprovechamiento y buena 
conducta en la Escuela para la concesión de los beneficios reglamentarios.  
SECCION SEGUNDA
Bibliotecas 
Artículo 125º.‐
En toda Prisión habrá una biblioteca para proporcionar a los recluídos sana 
lectura, tratados elementales de artes y oficios, letras, ciencias y, en general, libros que la 
censura autorice.  
        Se instalará en lugar adecuado, a ser posible cerca de la Escuela, y estará a cargo del 
Maestro.  
        La biblioteca se nutrirá de los donativos y legados que a su favor se constituyan y de las 
consignaciones que acuerde el Centro Directivo con cargo al presupuesto oficial.