ACAIP.
APARTADO DE CORREOS 7227
, 28080
MADRID. Tlf.:
915175152.
Fax:
915178392.
E-mail:
oficinamadrid@acaip.info
web:
Página 2 de 19
Duración de la licencia.
Personal Funcionario:
Podrán concederse licencias por asuntos propios. Dichas licencias se concederán sin
retribución alguna, y
su duración acumulada
no podrá en ningún caso exceder de
tres meses cada dos años
.
(
Artículos 73 de la Ley Articulada de Funcionarios de 1964. Decreto 315/1964.)
Personal Laboral:
El personal
que haya cumplido al menos un año de servicios efectivos
podrá solicitar
licencia sin sueldo por asuntos propios. La concesión de dicha licencia estará supeditada a las
necesidades del servicio, y
su duración acumulada
no podrá exceder de tres meses
cada dos años.
Para realizar misiones en países en
vías de desarrollo”.
Cooperación internacional pública o privada.
-
En el supuesto de que la licencia
se solicite para realizar una misión en
países en vías de desarrollo,
1
al amparo de una de las organizaciones a las
que se refiere la
2
,
su
1
Personal funcionario: Cooperación internacional.
Ver artículo 65, “Misiones de cooperación internacional” –comisiones de servicio-, del Real Decreto
364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Ver artículo 4 al 9, “servicios especiales” del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado.
Ver artículo 87, “servicios especiales”, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público (EBEP):
Ver artículo 29.2, “servicios especiales”, de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la
Función Pública.
2
Objeto:
la participación solidaria de los ciudadanos en actuaciones de voluntariado, en el seno de
organizaciones sin ánimo de lucro públicas o privadas.