QUERELLA YUSTE - page 6

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Relación de hechos denunciados
III.1.-
El querellado, D. Ángel Yuste Castillejo, en su calidad de secretario
general de Instituciones Penitenciarias, dictó el pasado día 28 de julio de 2016 la
resolución que se adjunta al presente escrito como
documento número 1
, y cuyo
contenido es el siguiente:
“Vistas las actuaciones practicadas en la Información Reservada nº 2016/0046,
relativa a la presunta conducta profesional irregular del funcionario del Cuerpo de
Ayudantes de Instituciones Penitenciarias D. PABLO VIEDMA LEÓN, destinado en el
Centro Penitenciario de Jaén, puesta de manifiesta en las descalificaciones que vierte
contra el Director en un artículo de prensa publicado en el Diario de Jaén el día 30 de
marzo de 2016, de lo que podría deducirse responsabilidad disciplinaria:
Esta Secretaría General, de conformidad con lo establecido en los artículos 98 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, (B.O.E. de 31 de octubre), y 29 del vigente
Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del
Estado, aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de enero (B.O.E. de 17 de enero),
ACUERDA
PRIMERO. Incoar expediente formal de corrección disciplinaria a
D. PABLO VIEDMA
LEÓN
en la forma establecida en las disposiciones vigentes.
SEGUNDO. Nombrar Instructora y Secretario, respectivamente del referido Expediente a
D.ª Mª LUISA VELASCO LUENGO
, funcionaria del Cuerpo Especial e Inspectora de
Servicios, y a
D. MIGUEL ÁNGEL CAMPO TRILLO
, funcionario del Cuerpo Especial a
Inspector Adjunto, ambos de Instituciones Penitenciarias, con destino en este Centro
Directivo”.
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