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Resolución concurso de traslados Cuerpo Superior de Tecnicos de Instituciones Penitenciarias

Resolución de 22 de diciembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se resuelve el concurso, convocado por Resolución de 5 de octubre de 2011, en los servicios periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, correspondiente al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias.

Por Resolución de 5 de octubre de 2011, de la Secretaría de Estado de Seguridad («Boletín Oficial del Estado» del 14), se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, correspondientes al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, valorados los méritos alegados por los concursantes y previa actuación de la Comisión de Valoración a la que hace referencia la base quinta de la citada Orden, esta Secretaría General acuerda la adjudicación de los puestos de trabajo contenidos en la misma.

En la tramitación del presente concurso se ha procedido a la valoración de los méritos de los participantes, tal y como prevé el capítulo II, artículo 39 y siguientes, del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y lo dispuesto en las bases de la convocatoria.

La relación completa de adjudicatarios, con el destino asignado, se encuentra publicada en los tablones de anuncios de los establecimientos penitenciarios, así como en el Registro Central de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, sito en la calle Alcalá número 38 de Madrid.

El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia, extremo éste que deberá ser documentalmente acreditado, o reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la Resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, podrá ser recurrida potestativamente ante esta Secretaría General, mediante la interposición de recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, o ser impugnada directamente ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, pudiendo interponerse, en este caso, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Madrid, 22 de diciembre de 2011.–El Secretario de Estado de Seguridad, P.D. (Orden INT/50/2010, de 12 de enero), el Director General de Gestión de Recursos, Antonio Puig Renau.

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