ACAIP - Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (Acaip) es el sindicato mayoritario en el sector
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El IV Convenio Único para el Personal Laboral de la AGE, manifiesta en su Disposición Adicional Decimoprimera: “El Personal Laboral de la AGE, sujeto al presente Convenio podrá acogerse a la jubilación parcial en los términos previstos en la ley, a partir del 1 de Enero de 2021..”
1.- VIGENCIA DEL ACUERDO DE JUBILACION PARCIAL:
La firma del acuerdo se realizará en la próxima Comisión Paritaria y la entrada en vigor será el 1 de marzo de 2022.
2.- REQUISITOS GENERALES:
• Estar en situación de alta de Seguridad Social o situación asimilada al alta.
• Cumplir con los requisitos generales para para solicitar jubilación contributiva.
• El jubilado parcial debe estar contratado a jornada completa. Se asimilan a jornada completa, el contratado a tiempo parcial pluriempleado, cuyas jornadas, en conjunto, equivalgan a los de un trabajador a tiempo completo.
• Que se celebre con carácter simultáneo un contrato de relevo en los términos previstos en el artículo 12.7 del Estatuto de los Trabajadores.
• Que la antigüedad en la empresa sea al menos de 6 años, inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial.
• Que la reducción de jornada esté comprendida entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%. El porcentaje de reducción será a elección de la persona jubilada parcialmente