
ACAIP - Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (Acaip) es el sindicato mayoritario en el sector
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En relación con las informaciones aparecidas en el medio de comunicación “La Razón” el pasado 18 de febrero, y una vez analizadas en el Congreso Nacional celebrado los días 20 y 21, os informamos de lo siguiente:
1. Se ha encomendado al gabinete jurídico de nuestro sindicato, el interponer querella por falsedad en su publicación, contra los responsables del periódico “La Razón” y más expresamente contra la periodista que firma la noticia publicada el pasado lunes...
Con fecha 8 de febrero, se recibe resolución del la Delegación del Gobierno de Madrid por la cual se modifica la ubicación de concentración autorizada a la plataforma sindical inicialmente, emplazándonos a unos 260 metros a la espalda del edificio del Tribunal Supremo.
Esta resolución fue recurrida por Acaip, y el tribuna Superior de Justicia nos ha dado la razón. LA CONCENTRACIÓN SE HA CELEBRADO EN LA PLAZA DE PARIS.. frente al Tribunal Supremo.
A la atención de: Secretario de Estado Función Pública.
Ministerio Política Territorial y Función Pública
Asunto: SOLICITUD RECTIFICACIÓN Acuerdo por el que se aprueban los Criterios de Interpretación relativos a aplicación del art. 48 K EBEP.
D. José Ramón López, en calidad de Presidente de la Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (Acaip), sindicato mayoritario en el sector y afiliado a la Unión Sindical Obrera (USO) con domicilio a efectos de notificaciones en el Apartado de Correos 9007, 28080 de Madrid y dirección electrónica Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , mediante el presente escrito viene a PRESENTAR
Escrito de SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN frente al Acuerdo de la Comisión Permanente de la Comisión Superior de Personal, por el que se aprueban los Criterios de Interpretación relativos a la aplicación del artículo 48 K) y disposición decimotercera del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en base a la Imposibilidad de trasladar los términos de dicho Acuerdo al ámbito de los/as Funcionarios/as de Instituciones Penitenciarias.
A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes deí vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para instar al Gobierno a mejorar las condiciones laborales de los funcionarios adscritos a los cuerpos penitenciarios, para su debate en Pleno. Madrid, 03 de diciembre de 2018
10.- Acometer todas estas medidas para hacerlas efectivas en el ejercicio de 2019, con independencia de la aprobación o no de los Presupuestos Generales del Estado para ese año y, si fuera necesario, mediante un Real Decreto Ley específico para Instituciones Penitenciarias.
A LA MESA DEL SENADO SENADO
ENTRADA 136.725
El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR, a iniciativa de D. Antonio SANZ CABELLO, Senador por la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con el artículo 177 del Reglamento de la Cámara, formula la siguiente MOCION para su debate en la Comisión de Interior.
NOS VEMOS EN MADRID EL DIA 11 !!!
Con fecha 11 de diciembre se ha llevado a cabo la MANIFESTACION convocada por los sindicatos de la plataforma (ACAIP, CSIF, CIG, CCOO y UGT) donde han asistido mas de 7.000 emplead@s public@s penitenciarios. Esta manifestacion se ha realizado a traves de de dos marchas, llegando a las sedes de los partidos políticos (PSOE, PP, CIUDADANOS y PODEMOS) entregando un documento con una PROPOSICION DE LEY PARA LA MEJORA DE LA EFICIENCIA DEL SISTEMA PENITENCIARIO PUBLICO y culminando dichas marchas en el MINISTERIO DEL INTERIOR.
Desde Acaip queremos agradecer la gran asistencia a esta manifestación y SEGUIREMOS con las movilizaciones hasta conseguir nuestros objetivos.
A U D I E N C I A N A C I O N A L
Sala de lo Contencioso-Administrativo
SECCIÓN QUINTA
ESTIMAR los recursos de apelación interpuestos por las representaciones procesales de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras y la Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias contra la sentencia de 19 de abril de 2018, dictada por el Magistrado Juez del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 2 en el procedimiento abreviado número 134/2017, que se revoca y, en su lugar, ESTIMAR los recursos contencioso-administrativos deducidos contra las Resoluciones del Secretario General de Instituciones Penitenciarias de fecha 23 de noviembre de 2.017, que se declaran nulas de pleno derecho.
A la atención de: Secretario General de Instituciones Penitenciarias.
Alcalá 38-40 28014 Madrid
Asunto: Escrito de PETICIÓN ampliación de plazo para disfrute de permisos a empleados/as de prisiones del año 2018.
Don José Ramón López en calidad de presidente de la Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (Acaip), Sindicato mayoritario en el sector y afiliado a la Unión Sindical Obrera (USO), por la presente viene a elevar:
ESCRITO DE PETICIÓN de ampliación de plazo para el disfrute de los permisos pendientes del año 2018 (vacaciones, asuntos propios y compensación de festivos) en base a los siguientes HECHOS:
Resolución de 21 de diciembre de 2018, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
Los sindicatos miembros de la plataforma sindical unitaria, tras la publicación ayer en el BOE del concurso de provisión de puestos de trabajo en II.PP., queremos aclarar una serie de conceptos:
1. La Administración Penitenciaria ha establecido un baremo en el concurso de forma absolutamente unilateral, sin negociación ni comunicación a las organizaciones sindicales, modificando casi en su totalidad las bases pactadas del último concurso publicado.
AUNQUE NO FIGURE EXPRESAMENTE EN LA RESOLUCIÓN, TAMBIÉN ESTÁN INCLUIDOS LOS DÍAS DE COMPENSACIÓN DE FESTIVOS