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1 ¿Qué es la prisión atenuada?
Se trata de una modalidad, conocida también como arresto domiciliario, que permite que un interno con determinados requisitos pueda cumplir condena fuera del centro penitenciario, bien sea en un hospital o en su domicilio.

Fuente: abc.es

1 ¿Qué es la prisión atenuada?
Se trata de una modalidad, conocida también como arresto domiciliario, que permite que un interno con determinados requisitos pueda cumplir condena fuera del centro penitenciario, bien sea en un hospital o en su domicilio.


2 ¿Por qué se le pudo aplicar a De Juana?
Porque su condena por amenazas terroristas (el etarra ya había extinguido la anterior, por 25 asesinatos) ya era firme. Desde ese momento, era un preso clasificable y dependiente, por tanto, de Instituciones Penitenciarias. La Junta de Tratamiento de la cárcel de Aranjuez, de la que dependía en ese momento el terrorista, le clasificó en segundo grado y propuso su prisión atenuada «por razones humanitarias».


3 ¿Qué artículos la regulan?
El artículo 505.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que «los jueces podrán acordar la prisión atenuada cuando por razón de enfermedad del inculpado el internamiento entrañe grave riesgo para su salud». Por su parte, el 100.2 del Reglamento Penitenciario establece que con el fin de «hacer el sistema de clasificación de los internos más flexible, el Equipo Técnico podrá proponer a la Junta de Tratamiento que, respecto de cada penado, se adopte un modelo de ejecución en el que puedan combinarse aspectos característicos de cada uno de los mencionados grados (primero, segundo y tercero) (...). En el caso de De Juana se le ha clasificado en un régimen que mezcla el segundo y tercer grado.


4 ¿Por qué se aplicó a De Juana?
La Junta de Tratamiento de la prisión de Aranjuez fundamentó esta flexibilización en «razones sanitarias derivadas del estado de salud en el que el interno se encuentra» como consecuencia de una huelga de hambre.


5 ¿Se podía hacer evitado esta concesión?
La última palabra la tenía el juez Central de Vigilancia Penitenciaria, aunque la función jurisdiccional quedaba reducida a constatar el cumplimiento de la legalidad vigente. El juez del «caso De Juana» entendió que se habían observado todos los requisitos y presupuestos necesarios para aplicar esa flexibilización.


6 ¿Qué condiciones debe cumplir el etarra?
Mientras permanezca en el hospital está controlado a diario por los servicios médicos del centro, que periódicamente emiten informes a Instituciones Penitenciarias. Cuando sea dado de alta permanecerá en su domicilio «con el horario que se determine con seguimiento telemático continuado». «Las salidas del mismo para asistir a consultas, ingreso hospitalario o actividades terapeúticas deberán ser previamente autorizadas» por la prisión de Martutene, de la que ha pasado a depender el etarra. Conforme evolucione su estado de salud se podrán imponer otras medidas de control y seguridad.


7 ¿Es reversible esta situación penitenciaria?
Sí, si incumple las medidas de control y seguridad que se le impongan cuando reciba el alta hospitalaria. Al realizarse su control por medios telemáticos, la presencia de la Policía no resultaría necesaria si no es «para protegerle».

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