Fuente: El Comercio Digital
El Gobierno ha modificado hoy el Reglamento Penitenciario para incluir en él el uso de los Ficheros de Internos de Especial Seguimiento (FIES), cumpliendo así una sentencia del Tribunal Supremo que anuló la norma que los regulaba por entender que vulneraba los derechos de los presos conflictivos.
Los FIES permiten realizar un seguimiento individualizado de aquellos reclusos que, independientemente del régimen al que estén asignados -abierto, ordinario o cerrado-, representen un riesgo especial por las características del delito cometido, su pertenencia a bandas terroristas o su implicación en la delincuencia organizada.
Entre las modificaciones aprobadas hoy por el Consejo de Ministros figura la habilitación a la Administración Penitenciaria para establecer FIES en los supuestos de pertenencia a grupos terroristas, delincuencia organizada o peligrosidad extrema.
Prisiones adaptará las medidas de seguridad en función de la peligrosidad que presente cada recluso incluido en los FIES y realizará un seguimiento individualizado y específico de los más conflictivos.
La inclusión en estos ficheros, en cualquier caso, no supondrá la fijación de un régimen de vida distinto del que reglamentariamente corresponda al recluso.
Además, se prevé la posibilidad de una intervención más directa e intensa en el colectivo de reclusos incluidos en los FIES que se encuentren en el régimen de vida cerrado o de primer grado, previsto para penados de peligrosidad extrema o para casos de inadaptación, a los que se atenderá de forma personalizada a través de programas específicos y profesionales especializados.
También se establecen garantías específicas para que la estancia de los menores de veintiún años en este régimen de vida dure lo mínimo imprescindible y se primen los aspectos educativos y formativos.