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El Supremo investiga a la juez de Las Teresitas por grabar un ´vis a vis´

Fuente: La Provincia. Diario de Las Palmas

Una de las personas que estuvieron imputadas acusa Bellini de prevaricación y atentar contra su intimidad.

El Tribunal Supremo comunicó ayer la admisión a trámite de una querella contra la magistrada instructora del caso Las Teresitas, Carla Bellini Domínguez, por permitir la grabación de un encuentro íntimo entre uno de los imputados inicialmente en la causa, Felipe Manuel Armas, y su pareja sentimental, Francia Elena Álvarez, que cumplía condena desde 2004 en el Centro Penitenciario Tenerife-2 por tráfico de drogas.

 

La querella, presentada por el propio Armas ante el Alto Tribunal, no sólo se dirigía contra Bellini, magistrada de la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), sino también contra la teniente fiscal de la Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife, María Farnés Martínez, por los presuntos delitos de prevaricación y contra las garantías de la intimidad.

Armas, que fue considerado el testaferro del empresario Ignacio González y apoderado de varias empresas de la familia, fue el primer imputado por las presuntas irregularidades (prevaricación y malversación de caudales públicos, entre otros) en la compra de los terrenos de Las Teresitas por parte de la sociedad mercantil Inversiones Las Teresitas (ILT) y su venta al Ayuntamiento santacrucero.

Según recoge el auto emitido por la Sala Segunda de lo Penal, la instructora Bellini acordó la intervención de las conversaciones telefónicas de Armas pero, al no descubrirse ningún dato de interés, la Policía Judicial de Santa Cruz de Tenerife solicitó a la magistrada la "interceptación, grabación y escucha ambiental de las posibles conversaciones que pudieran mantener en la visita vis a vis" de Armas a su pareja. La jueza lo autorizó, defiende la querella, "sin informe previo del Ministerio Fiscal". Al no pronunciarse Farnés sobre la medida, el Alto Tribunal entiende que no puede encausarla como sí hace con Bellini.

La Sala defiende, como argumento para admitir a trámite la querella, que las comunicaciones de carácter íntimo que se producen, en este caso en una prisión, son uno de los límites que no debería traspasar un juez ya que "la sexualidad pertenece al ámbito de la más estricta intimidad", expone.

El Supremo entiende que Bellini "admite de alguna manera que en tal lugar difícilmente puede invadirse la intimidad de los comunicantes" en el auto en el que acordó la intervención el 5 de octubre de 2007. Uno de los argumentos que utilizó y que la Sala refleja, es que Armas "retomará el problema que le obsesiona y preocupa de sobremanera [su imputación en el caso Las Teresitas] y se desahogara con una persona de su entera confianza en un lugar seguro".

Según la información que se desprende del Sumario de la causa, la instructora buscaba confirmar un informe de la Agencia Tributaria en el que se aseguraba que Armas "cobró numerosos cheques librados desde cuentas ajenas [más de 90.000 euros] desconociéndose si era en el curso de su actividad profesional" por el que cobraba una media anual de unos 20.000 euros. La causa contra él fue archivada el pasado mes de enero.

Para el Supremo, sin embargo, lo "sustancial" es que la interceptación de las comunicaciones se dirigió "a una persona, la interna en el centro penitenciario, que no es objeto de investigación" en el caso Las Teresitas. Esta circunstancia, además, "ya se conoce de antemano, aspecto que no ocurre en las intervenciones telefónicas a las que pueden acceder terceros no identificados previamente".

La Sala, acuerda también en el auto, nombrar al magistrado José Manuel Maza Martínez instructor de la causa y, pese a advertir que "aún no es el momento para su análisis", sí indica que "en un Estado de Derecho, la invasión en la intimidad, eventualmente también en el secreto de las comunicaciones, ha de tener límite, en función de los intereses constitucionales en juego".

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