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Prisiones concede el tercer grado para el carcelero de Ortega Lara

Fuente: El Mundo.es

  • Esta clasificación le permitirá solicitar el acceso a la libertad condicional
  • El preso tiene un 90% de posibilidades de morir en el plazo de un año.
  • La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ha concedido el tercer grado al preso etarra enfermo de cáncer Josu Uribetxeberria Bolinaga, según han informado fuentes de Prisiones.

    La decisión ha sido adoptada después de que la Junta de Tratamiento de la cárcel de Zaballa (Álava) haya informado favorablemente sobre la procedencia de clasificar en tercer grado al etarra, condenado por secuestrar al funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara.

 

Esta clasificación penitenciaria permitirá ahora a Uribetxeberria Bolinaga solicitar el acceso a la libertad condicional, sobre la que también tiene que pronunciarse Prisiones, aunque la última palabra la tiene el juez central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, o del juez de guardia que le sustituya.

El tercer grado penitenciario supone que el preso sólo esté obligado a acudir a la cárcel para dormir por lo que esta medida no va a variar sustancialmente la situación de Uribetxeberria, ingresado en el Hospital San Sebastián por el cáncer que padece desde 2005 y que le ha producido metástasis.

El Departamento de Prisiones, que dirige Ángel Yuste, ha adoptado esta decisión después de que el parte médico del centro sanitario pronosticase que el etarra tiene un 90% de posibilidades de morir en el plazo de un año dada su enfermedad terminal e irreversible.

Libertad condicional

Esta esperanza de vida supera holgadamente los parámetros fijados por Interior en el año 2000 para iniciar un proceso de excarcelación. Desde el año 1996 son 23 los presos de la banda terrorista ETA a los que se les ha concedido el tercer grado penitenciario por motivos de salud.

Una vez aprobado el tercer grado, la situación del interno vuelve a depender de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Zaballa que en esta ocasión deberá elaborar una propuesta sobre la idoneidad de otorgarle la libertad condicional que supondría su definitivo traslado a casa.

Al encontrarse José Luis Castro de vacaciones, su sustituto es el juez central de Instrucción número 1, Santiago Pedraz, quien de momento ya ha solicitado a la Clínica Forense que remita un informe en el que le detalle si el etarra Josu Uribetxeberria Bolinaga puede ser atendido del cáncer que padece sin salir de la cárcel.

Josu Uribetxeberria Bolinaga se declaró en huelga de hambre hace diez días para pedir su excarcelación, una protesta a la que se unieron 273 presos etarras en Francia y España con el ex dirigente de Batasuna Arnaldo Otegi entre ellos.

Uribetxeberria fue condenado en junio de 1998 a 32 años de cárcel como responsable del secuestro más largo de la historia de la banda criminal y que mantuvo encerrado en un zulo durante 532 días al funcionario de prisiones, José Antonio Ortega Lara.

1.600 casos desde 2007

Más de 1.620 presos han accedido al tercer grado en los últimos cinco años al aplicarles el artículo 104.4 del Reglamento Penitenciario, que contempla la posibilidad de otorgarlo por enfermedad grave o razones humanitarias.

Fuentes penitenciarias indican que este trámite que "no es inusual" y se aplica tanto a presos comunes como a condenados por terrorismo. Recuerdan que desde 1996 la clasificación del tercer grado se ha aprobado para 23 presos etarras enfermos graves como es el caso de Uribetxeberria.

El artículo 104.4 del Reglamento Penitenciario establece que "los penados enfermos muy graves con padecimientos incurables, según informe médico, con independencia de las variables intervinientes en el proceso de clasificación, podrán ser clasificados en tercer grado por razones humanitarias y de dignidad personal, atendiendo a la dificultad para delinquir y su escasa peligrosidad".

Asimismo, la circular de Prisiones 01/2000, a la que tuvo acceso Efe, considera que un interno padece una enfermedad muy grave cuando cumple alguno de los cinco requisitos que enumera.

Los dos primeros concurren cuando el riesgo de muerte estimado sea superior al 10% en el plazo de un año y al 50% en cinco años a pesar del tratamiento, mientras que el tercero estipula que el preso es enfermo muy grave cuando su índice de Karnofsky -indicador que predice la evolución en pacientes oncológicos- es menor o igual al 50%.

Otro de los requisitos se produce cuando el recluso está infectado por el VIH en diversos estadios (A3, B3 o C), y el último, cuando presenta un trastorno psicótico crónico con actividad sintomática a pesar de haber seguido tratamiento durante más de seis meses, o con deterioro intelectual.

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