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Pablo

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Fuente: COPE

Los centros penitenciarios de la Comunidad Valenciana están viviendo, al igual que el resto de la sociedad, como la sexta ola de la Covid-19 está golpeando con fuerza tanto a la población interna como a los trabajadores, pese a que la mayoría de unos y de otros habían sido vacunados.

Según da a conocer el sindicato Acaip, en el Centro Penitenciario de Castellón II "los internos positivos son 96 y los trabajadores 34. Debido a estas altas cifras la dirección del centro ha decidido, sin contar con los representantes de los trabajadores, anular días de permiso, algo especialmente penoso teniendo en cuenta que una gran parte de los trabajadores proceden de lugares alejados".

En el centro de Castellón 1, situado en la capital castellonense, no hay internos contagiados pero si 9 trabajadores.

Todos estos contagios se están produciendo en "centros de trabajo con plantillas muy deficitarias, en especial en el personal de vigilancia y sanitario, tensionando mucho el funcionamiento de lo mismos, suponiendo una gran presión añadida. Se están teniendo que habilitar sobre la marcha departamentos que se encontraban cerrados por falta de personal".

Ello supone reducir el número de funcionarios que prestan servicio en cada uno de los módulos, "lo que supone un riesgo para ellos y para los internos. Desde ACAIP-UGT hemos realizado diversas propuestas que no están siendo aceptadas por las diferentes administraciones:

/ Vacunación cuanto antes de los trabajadores penitenciarios, para evitar que sigan siendo vectores de entrada del virus en un medio cerrado como las prisiones. Además que esta vacunación se realice, siempre que sea posible, en los propios centros penitenciarios. Ello contribuye a no sobrecargar más los puntos de vacunación, y permite asegurar una mejor continuidad en la prestación del servicio público penitenciario.

2/ Volver a implementar los horarios comprimidos para el personal, que estuvieron vigentes hasta el 31 de octubre pasado. Ello supone reducir el número de desplazamientos a los centros de trabajo, y crea grupos “más estancos” de trabajadores.

3/ Puesta a disposición de los trabajadores con síntomas de los test diagnósticos existentes en los centros, para tratar de limitar los contagios entre trabajadores y de estos hacia los internos. En la actualidad, en la mayoría de los centros, solamente se utilizan para diagnosticar a los internos.

Hay que tener en cuenta varios factores:

1/ La Administración penitenciaria no facilita datos sobre internos contagiados o en cuarentena. Los datos obtenidos proceden de registros penitenciarios, si bien hay que tener en cuenta que no en todos los centros se sigue la misma metodología.

2/ La Administración solamente está obligada a facilitar a los delegados de prevención datos sobre trabajadores positivos, no sobre los que están en cuarentena. Si bien no en todos los centros se cumple con esta obligación, pese a las reiteradas peticiones y denuncias para ello. Los datos obtenidos, han sido también obtenidos de registros penitenciarios, pero al igual que en el caso de los internos, no todos los centros siguen el mismo procedimiento para ello".

 

La jubilación anticipada voluntaria, es aquella a la que tienen derecho todos los trabajadores y trabajadoras, cumpliendo los requisitos de edad y cotización, por la que se pueden jubilar hasta dos años antes de su edad ordinaria de jubilación, con aplicación de unos coeficientes reductores de la cuantía de su pensión. Se contempla en el artículo 208 de la Ley General de Seguridad Social.


La Reforma de las Pensiones, acordada entre Gobierno y Organizaciones Sindicales, que ha entrado en vigor a principios de año, modifica las condiciones de acceso a esta jubilación, y sus principales características son las siguientes:


✓ Se mantienen las condiciones de edad. La edad, es a partir de dos años menos de la edad a la que correspondería la jubilación ordinaria. Se mantiene el período de cotización mínimo de 35 años, para el acceso a la misma.
✓ El objetivo es ir progresivamente igualando la edad efectiva de jubilación con la edad ordinaria de jubilación, con una subida progresiva de los coeficientes reductores, que se realizará durante diez años, es decir hasta 2033. A medida que pasen los años las condiciones se vuelven menos interesante, por la subida de los coeficientes.
✓ Dichos coeficientes varían en función de los años cotizados y del anticipo de la jubilación.
✓ En la legislación anterior la penalización era de entre un 6,5 y un 8 % anual.
✓ Los coeficiente serán mensuales en lugar de trimestrales, lo que en principio, penaliza la cuantía de la pensión de jubilación.
✓ Para 2022, las jubilaciones mas penalizadas con el nuevo sistema afectan de forma general a las que tienen lugar entre uno y cuatro meses antes de la edad de jubilación ordinaria y a las que suceden entre 22 y 24 meses antes de esta edad. Afecta muy poco a aquellos que tengan mas de 44,5 años cotizados, o incluso lo pueden beneficiar.
✓ Por el contrario, también para 2022, se verán disminuidos los coeficientes entre los 13 y 19 meses, de forma genérica, por lo que jubilándose en esos períodos incrementan la cuantía de la pensión.
✓ Esta complejidad hace necesario solicitar cita ante el INSS, para que te calcule la pensión o utilizar la calculadora de pensión de jubilación de la que dispone su página web, con la que se obtiene unos resultados orientativos.

El IV Convenio Único para el Personal Laboral de la AGE, manifiesta en su Disposición Adicional Decimoprimera: “El Personal Laboral de la AGE, sujeto al presente Convenio podrá acogerse a la jubilación parcial en los términos previstos en la ley, a partir del 1 de Enero de 2021..”


1.- VIGENCIA DEL ACUERDO DE JUBILACION PARCIAL:


La firma del acuerdo se realizará en la próxima Comisión Paritaria y la entrada en vigor será el 1 de marzo de 2022.


2.- REQUISITOS GENERALES:
• Estar en situación de alta de Seguridad Social o situación asimilada al alta.
• Cumplir con los requisitos generales para para solicitar jubilación contributiva.
• El jubilado parcial debe estar contratado a jornada completa. Se asimilan a jornada completa, el contratado a tiempo parcial pluriempleado, cuyas jornadas, en conjunto, equivalgan a los de un trabajador a tiempo completo.
• Que se celebre con carácter simultáneo un contrato de relevo en los términos previstos en el artículo 12.7 del Estatuto de los Trabajadores.
• Que la antigüedad en la empresa sea al menos de 6 años, inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial.
• Que la reducción de jornada esté comprendida entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%. El porcentaje de reducción será a elección de la persona jubilada parcialmente

Os comunicamos que está previsto que el día 17 ENERO 2022 sea la próxima reunión con la publicación de los DESTINOS PROVISIONALES.

La publicación del concurso será en la segunda quincena de febrero.

INFORMACIÓN DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS

 



Como viene siendo habitual en estas fechas y desde hace varios años, os comunicamos que próximamente se va iniciar la gestión del Plan de Acción Social de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias del año 2022, por ello recordar a todos los trabajadores y trabajadoras del centro, que para poder solicitar las ayudas han de disponer del D.N.I. electrónico en condiciones para su uso.

Asimismo, incidir que aquellos empleados y empleadas, que vayan a solicitar ayudas de hijos/as por primera vez o que hayan visto modificada su situación familiar por nuevos nacimientos o por cumplimiento de 14 años de edad de algún/os hijo/as (edad a partir de la cual el sistema les va a pedir el número de DNI), pueden ya iniciar la grabación en la aplicación.


Para ello, como siempre, será imprescindible que los centros penitenciarios pongan a disposición los dispositivos/recursos informáticos necesarios para poder utilizar la aplicación informática (SIGP), a través del portal FUNCIONA. Esto supone que deben contar con uno o varios ordenadores (según el número de empleados), disponibles a jornada completa durante el periodo de tramitación, un lector de D.N.I. y un escáner que permita convertir en formato PDF la documentación adjunta.

AL SECRETARIO GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS


Asunto: Test diagnósticos empleados/as públicos Instituciones Penitenciarias.


Don José Ramón López, en calidad de Presidente de la Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (Acaip), sindicato mayoritario en el Sector y afiliado a la Unión General de Trabajadores, por la presente, ante usted comparece y, como mejor proceda, DICE
Que frente a la situación que afrontamos de numerosos contagios en la “sexta ola de la pandemia”, esta organización solicitó la observación de medidas orientadas a preservar la salud de los empleados/as de prisiones (pasaporte COVID, cuarentenas contactos estrechos, volver a horarios pandémicos)

...///

 

Por todo lo expuesto, SOLICITA
Se tenga por presentado este escrito, se atisbe la preocupación y el malestar que estas medidas producen en las plantillas, y se revierta con carácter inmediato la situación, facilitando los test diagnósticos, en el caso que los trabajadores se encuentren sintomáticos en su puesto de trabajo, para de este modo asumir una actitud responsable en el contexto actual, y adoptar las medidas adecuadas en caso de detección positiva, entre ellas las de realizar los test a los trabajadores que hubiesen sido contactos estrechos del positivo.
Lo que se comunica a los efectos oportunos en Madrid a 7 de enero de 2022

Al Secretario General de Instituciones Penitenciarias.

 

Asunto: Escrito de PETICIÓN  horario especial pandémico a empleados/as públicos de Instituciones Penitenciarias

 

Don José Ramón López en calidad de presidente de la Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (Acaip), Sindicato mayoritario en el sector y afiliado a la Unión General de Trabajadores (UGT), por la presente viene a elevar

 

ESCRITO DE PETICIÓN de aplicación horario pandémico a los centros penitenciarios que lo soliciten atendiendo a la situación actual pandémica en base a los siguientes HECHOS:

 

Primero. -  Según Resolución de 20 de marzo de 2020, del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, se modificó con carácter temporal la Instrucción 7/2019, de 9 de abril, sobre jornadas y horarios de trabajo del personal funcionario y laboral destinado en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo a raíz de la propuesta de los sindicatos representativos de tomar medidas excepcionales por la situación pandémica de covid19.

..../

 

Por cuanto antecede, SOLICITO se atienda a este escrito a los efectos de conceder ante la situación actual de la pandemia de Covid19 en su variante Omicron  el horario pandémico hasta al menos el 31 de mayo de 2022.

 

Lo que comunico a los efectos oportunos, en Madrid a 29 de diciembre 2021.

 

 

Al Secretario General de Instituciones Penitenciarias.

 

 Asunto: Escrito de PETICIÓN ampliación de plazo para disfrute de permisos a empleados/as de prisiones del año 2021

 

 Don José Ramón López en calidad de presidente de la Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (Acaip), Sindicato mayoritario en el sector y afiliado a la Unión General de Trabajadores (UGT), por la presente viene a elevar

 

ESCRITO DE PETICIÓN de ampliación de plazo para el disfrute de los permisos pendientes del año 2021 (vacaciones, asuntos propios y compensación de festivos) en base a los siguientes HECHOS:

..../

 

Por cuanto antecede,

SOLICITO se atienda a este escrito a los efectos de ampliar el plazo para el disfrute de todos los permisos (Vacaciones, Asuntos Propios, Compensación de Festivos) reconocidos a los/as empleados/as públicos de IIPP en aras a garantizar el ejercicio del derecho al descanso de los/as trabajadores/as.

 

Lo que comunico a los efectos oportunos, en Madrid a 30 de diciembre 2021