
ACAIP - Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (Acaip) es el sindicato mayoritario en el sector
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PROPOSICIÓN DE LEY DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 80 DE LA LOGP.
Se ha presentado en el día hoy en el Congreso la Proposición de Ley por la que se modifica la Ley Orgánica General Penitenciaria en varios aspectos fundamentales en los que se había alcanzado un acuerdo con la Administración Penitenciaria y el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados:
1. CONSIDERACIÓN DE AGENTE DE AUTORIDAD a todos los efectos legales durante el ejercicio de nuestras funciones y pudiendo identificar tal condición por su número de registro profesional, en procesos administrativos y judiciales que sean consecuencia de su actividad profesional.
2. PRINCIPIO DE INDEMNIDAD: Se reconoce por Ley que la Administración deberá resarcir económicamente a los funcionarios penitenciarios cuando sufran daños personales o materiales en acto o con ocasión del servicio, sin mediar por su parte dolo, negligencia o impericia graves.
3. PRESUNCIÓN DE VERACIDAD: En los procedimientos disciplinarios sancionadores que se instruyan en las materias objeto de esta Ley, los informes emitidos por los funcionarios pertenecientes a Cuerpos o Escalas de Instituciones Penitenciarias en el ejercicio de sus funciones, que hubiesen presenciado los hechos, constituirán base suficiente para adoptar la resolución que proceda.
4. EN LOS PROCEDIMIENTOS PENALES SEGUIDOS CONTRA FUNCIONARIOS PENITENCIARIOS SE GARANTIZARÁ SU SEPARACIÓN DEL RESTO DE LOS DETENIDOS, en caso de detención, y en el supuesto de ser ingresados en prisión y en los traslados bajo custodia, se realizarán con separación de otros reclusos; con el fin de salvaguardar su integridad física. Por tanto, mediante esta modificación normativa se reconocen una serie de derechos solicitados desde hace mucho tiempo por este sindicato.
Y SE HACE RECONOCIENDO NUESTRAS ESPECIFICIDADES DENTRO DE LA AGE CON UNA REGULACIÓN ESPECÍFICA: ESTE ES EL CAMINO QUE SE HA INICIADO CON LA LEY DE CUERPOS en donde se van a recoger nuestras diferencias respecto de otros colectivos de funcionarios para garantizar nuestros derechos.
Fuente: Faro de Vigo
Los sindicatos del centro penitenciario de A Lama han denunciado un nuevo incidente grave en la prisión. El pasado día 20 de julio a las 15.15 horas un interno clasificado en primer grado penitenciario (en el que se encuentran los internos más peligrosos e inadaptados al régimen ordinario) y ubicado en el departamento de régimen especial, provocó un incendio en su celda y tras destrozar la televisión se armó con dos grandes cristales a modo de puñales.
La rápida intervención de los funcionarios permitió extinguir el incendio. Tras varios minutos siendo amenazados por el interno consiguen que este deponga su actitud, entregue los cristales y se decreta su aislamiemto provisional en otra celda de distinta galería.
A las 22 horas el mismo interno incendia la nueva celda que se le había asignado, causando una intensa humareda en la galería al quemar su colchón. Tras extinguir el fuego, los funcionarios le indican al interno que salga hacia el patio exterior de la galería y evitar así daños en la salud del mismo. Tras unos minutos de negativa este accede a salir, pero cuando pasa por el rastrillo que da acceso al patio comienza a golpear el arco detector de metales situado en dicho rastrillo hasta destrozarlo por completo.
Este comportamiento agresivo hizo que los funcionarios tuvieran que volver a intervenir resultando contusionados tres de ellos y requiriendo atención hospitalaria externa uno de los funcionarios al ser golpeado varias veces por el interno causándole un fuerte traumatismo ocular.
Las fuerzas sindicales del Centro Penitenciario de A Lama expresaron su deseo de "una pronta recuperación a los compañeros". Así mismo recuerdan que "reivindicaciones como la falta de personal (48 vacantes sin cubrir en A Lama), el nombramiento necesario de los funcionarios como agentes de la autoridad y una nueva Ley de Cuerpos de la Administración Penitenciaria son temas que debiera abordar la Secretaría General de manera urgente para dotarnos así a los trabajadores penitenciarios de los medios para afrontar este tipo de incidentes con las debidas garantías de seguridad".
En el día de hoy hemos mantenido la segunda reunión de este grupo de trabajo, en el que se han alcanzado las siguientes conclusiones:
1. Sobre si sería más conveniente desarrollar un Estatuto (sectorial) o una norma que se incardine en el TREBEP o la regulación que en el futuro le desarrolle o sustituya. Sobre este tema se ha alcanzado el acuerdo de que tenemos que permanecer en el ámbito del TREBEP y dentro de la AGE, dado que la Ley Orgánica General Penitenciaria establece en su artículo 80:
“Uno. Para el desempeño de las funciones que le están encomendadas la Administración penitenciaria contará con el personal necesario y debidamente cualificado.
Dos. Los funcionarios penitenciarios tendrán la condición de funcionarios públicos, on los derechos, deberes e incompatibilidades regulados por la legislación general de funcionarios civiles de la Administración del Estado.
En el ejercicio de sus funciones se atenderá al principio de imparcialidad política, de conformidad con las normas constitucionales. Tres. La selección y, en su caso, el ascenso de los funcionarios penitenciarios se ajustaráa los mismos procedimientos establecidos en el Estatuto de la Función Pública. Cuatro.
Antes de iniciar su actividad, los funcionarios penitenciarios deberán recibir la formación específica, tanto teórica como práctica, en el centro oficial adecuado que reglamentariamente se determine.”
Estimad@s Compañer@s:
Tras solicitud presentada por ACAIP UGT de reunión con el nuevo Director General de Ejecución Penal y Penas y Medidas Alternativas, para tratar las medidas adoptadas en los Centros sobre “Nueva Normalidad” y los rebrotes de la Covid 19 que están produciéndose en determinadas zonas, se celebra la misma en el día de hoy. Por parte de la Administración han estado presentes, además del Director General, el Subdirector General de RRHH, la Subdirectora General de Coordinación de Sanidad Penitenciaria.
Hemos mostrado nuestra disconformidad con las medidas de Nueva Normalidad trasladadas desde el Centro Directivo, tal como hemos plasmado en nuestros escritos de 30 de junio y 16 de julio. Entendemos que la apertura de los
Centros se ha hecho de forma precipitada, muy global, todo ello con la consiguiente . Estas circunstancias implican que Además, el Centro Directivo no ha facilitado medidas unívocas, que faciliten seguridad y homogeneidad, de esta forma en cada Centro se está actuando de forma muy dispar: en unos hay cuarentenas, en otros no, las comunicaciones especiales se ejecutan de forma diferente,
…
Tras las peticiones realizadas en la Mesa Delegada y los escritos presentados por esta organización sobre la Nueva Normalidad, se ha convocado para el próximo lunes día 20 de julio una reunión con el nuevo Director General de Ejecución Penal
Con fecha 16 de julio se han celebrado reunión de la mesa de trabajo de la Acción social informando la administración de los distintos programas de ayuda así como de las incidencias de exclusiones.
Esta previsto que el día 1 de septiembre se publiquen los listados de admitidos y excluidos provisionales y habrá un plazo de 10 días hábiles para subsanar errores o realizar las alegaciones oportunas.
Al Secretario General de Instituciones Penitenciarias
Don José Ramón López, en calidad de Presidente de la Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (ACAIP), sindicato mayoritario en el Sector y afiliado a la Unión General de Trabajadores (UGT), por la presente, ante usted comparece y, como mejor proceda, DICE
Que viene a presentar ESCRITO DE PETICIÓN frente a la inexistencia de medidas preventivas por parte de ese Centro Directivo para evitar la posible aparición de brotes de contagio de Coronavirus, en la “Nueva Normalidad”, en los Centros dependientes de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias y de la Entidad Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, en base a los siguientes